El voto es obligatorio en las elecciones legislativas del 26 de octubre. No presentarse puede implicar multas económicas y restricciones para realizar trámites oficiales.
El próximo domingo 26 de octubre, millones de ciudadanos volverán a participar de las elecciones legislativas en todo el país. En esta jornada se renovará la mitad de la Cámara de Diputados , 127 bancas, y un tercio del Senado, 24 escaños.
Será además la primera vez que se utilice la Boleta Única Papel en comicios nacionales, un cambio que busca garantizar mayor transparencia en el proceso electoral.
En Argentina, el voto es obligatorio para todas las personas mayores de 18 años y menores de 70. Quienes no concurran a las urnas este 26 de octubre quedarán registrados como infractores y deberán justificar su ausencia o pagar una multa.
El Código Electoral Nacional establece sanciones que van de $50 a $150 en caso de una primera falta, y de $100 a $500 para reincidentes. Sin embargo, tras la última actualización normativa, las escalas se volvieron más severas: la multa puede alcanzar entre $1.000 y $2.000 según el historial de inasistencias.
Mientras la sanción no se pague o se justifique la ausencia, la persona infractora no podrá realizar trámites en organismos públicos nacionales, provinciales o municipales, como renovar el DNI, obtener un pasaporte o acceder a cargos estatales.
En qué casos no se aplica la multa
No todas las ausencias se castigan. El Código Electoral contempla excepciones, siempre que el ciudadano presente los justificativos correspondientes dentro del plazo previsto. Entre los casos más comunes se encuentran:
Distancia geográfica: quienes se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar de votación pueden presentar una constancia emitida por una comisaría o comprobante de viaje.
Problemas de salud: enfermedades o causas de fuerza mayor justificadas mediante certificado médico oficial o privado.
Trabajo en servicios esenciales: quienes cumplan funciones que no pueden interrumpirse tienen derecho a justificar su ausencia con constancia laboral.
Obligaciones judiciales o electorales: jueces, auxiliares y personal afectado a la organización del comicio quedan exceptuados.
Todos los justificativos deben presentarse en el Registro Nacional de Infractores. No hacerlo implica quedar registrado en ese listado público, lo que puede traer dificultades para participar en futuras elecciones.